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PROFESIONALES DE LOS BENEFICIOS ​TERAPÉUTICOS DE LA ​MÚSICA

Desgravación por donaciones

Deducción y desgravación de donaciones a MUSICOTERAPIA Y SALUD

Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual a MUSICOTERAPIA Y SALUD te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. 

Desde 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de MUSICOTERAPIA Y SALUD, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:

Personas Físicas (IRPF)Porcentaje de deducción

Primeros 150€: 80%

Resto de la donación a partir de 150 € si has realizado donaciones a musicoterapia al menos tres años seguidos**: 35%

Resto de donaciones a partir de los 150 € >  30%

Límite deducción base liquidable:10%

Personas Jurídicas (IS)Porcentaje de deducción

Si se han realizado donaciones al menos por 3 años seguidos: 35%

Si has hecho donaciones a musicoterapia 3 o mas años seguidos: 40% 

Límite deducción base liquidable: 10%

**En caso de haber donado mas de 150 € durante tres años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse de este incremento de deducción.

  • Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.

  • Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.

  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es

  • Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.

 

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.

Por favor, si aún no lo has hecho, escríbenos a somos@musicoterapiaysalud.org
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es

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